A nombre de los diputados de los partidos
Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM), la legisladora Erika Ayala Ríos, presentó
ante al Pleno de la LXV Legislatura del Estado, y durante la Décimo Segunda
Sesión Ordinaria, una Iniciativa de Decreto que reforma
el Artículo 61 de la Ley Orgánica del Municipio Libre. Por sus funciones, afirmó Ayala Ríos, queda de
manifiesto la importancia de los Agentes y Subagentes Municipales para el
desarrollo de la vida social, la gobernanza y la vigencia del estado de
derecho. No obstante, en la realidad de algunos municipios del Estado existen y
subsisten problemáticas en torno a esta importante figura, razón por la que es
necesario perfeccionar la ley a fin de dar solución a dichas demandas sociales. Uno de los problemas más graves, agregó la diputada
del PRI, y que se han presentado en todos los rincones de la geografía
veracruzana atiende, en la gran mayoría de los casos, a la falta de pago a
dichos servidores públicos que ha caracterizado sistemáticamente a las
administraciones municipales desde sus comienzos. A pesar de su relevante función, añadió, la
naturaleza del cargo, así como las disposiciones que en esa materia existen,
tanto a nivel federal como local, los Agentes y Subagentes Municipales siguen
sin recibir una remuneración adecuada a su labor, por lo que se plantea atender
dicha situación y se incorpore, al texto de la ley, la obligación por parte de
los Ayuntamientos de fijar, en sus presupuestos de egresos, la retribución que
corresponda a dichos funcionarios públicos. A partir de estas coordenadas normativas pueden
entenderse las reglas específicas que articulan la función de los Agentes y
Subagentes Municipales en la entidad, los que son servidores públicos,
auxiliares del Ayuntamiento, elegidos popularmente; y en su carácter de
servidores públicos, tienen derecho a recibir una remuneración, de conformidad
con los artículos 127, del pacto federal y 82, de la Constitución Política
local. La diputada Erika Ayala refirió que en la actualidad
la Ley Orgánica del Municipio Libre no establece expresamente, en alguno de sus
preceptos, el derecho de los citados servidores públicos a recibir una
remuneración y las características para presupuestarlo. Por lo anterior plantean, es necesario se reforme el
artículo 61 de la Ley Orgánica del Municipio Libre para que se reconozca, en
primer lugar, el derecho de Agentes y Subagentes Municipales a recibir una
remuneración. La propuesta de la legisladora quedaría como sigue:
Artículo 61. Los Agentes y Subagentes Municipales son servidores públicos que
funcionarán en sus respectivas demarcaciones como auxiliares de los
Ayuntamientos. Recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el
desempeño de su función, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades, y
la cual se fijará en el presupuesto de egresos del Municipio, atendiendo a los
principios de racionalidad, austeridad y disciplina del gasto público.
Finalmente, y como elemento clave para evitar la
intromisión injustificada a la autonomía municipal, proponen los legisladores
integrantes del Grupo Legislativo Mixto PRI-PVEM, que la determinación precisa
del monto a otorgar a los servidores públicos sea facultad exclusiva de los
entes municipales, para lo cual deberán fijarlo en el presupuesto de egresos
del ejercicio fiscal correspondiente. Esta iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente
de Gobernación.










