Requiere nuevo régimen
adaptación de ciertos contenidos de la ley
Para garantizar el derecho al
acceso a la información pública, es indispensable que todos los sujetos
obligados “cumplan con el deber de documentar la totalidad de lo que realizan
en el ejercicio de sus facultades, competencias y funciones”, comentó José
Guadalupe Luna Hernández, Aspirante a Comisionado Nacional del Instituto
Nacional de Acceso a la Información Pública (INAI).
Subrayó que esos documentos deben
resguardarse en archivos administrativos actualizados, que es ahí donde la
materia se vincula con la Ley General de Archivos, expedida de manera reciente
por el Congreso de la Unión anterior, al concluir su periodo constitucional.
“Dicha ley refleja una visión
jurídica y política de un régimen que estaba concluyendo, por eso creo que, a
la luz de la construcción de un nuevo régimen político, es indispensable
someter a examen algunos de sus contenidos”, explicó Luna Hernández.
Indicó que en la actualidad la
información que tiene vocación de llegar al Archivo Histórico –pero que
contenga datos personales sensibles– tendrá que quedarse precautoriamente por
un plazo de 75 años en los archivos de concentración de las instituciones.
El aspirante a comisionado
nacional remarcó que, la referida información, solamente podrá ser consultada
por la ciudadanía en el plazo antes mencionado, y únicamente tendrá que ser
solicitada mediante el Derecho de Acceso a la Información, y a través de
versiones públicas testando (comprobar) esos datos personales.
Consideró que en las sociedades
democráticas estos plazos deben ser menores, sin dejar de lado la importancia
que tiene la restricción temporal por contener datos personales sensibles; no
obstante, fue claro al afirmar que, si bien la información que formará parte
del Archivo Histórico es importante, el plazo de restricción debe disminuir y
promover su apertura.
Precisó que recientemente el INAI
–en ejercicio de esta facultad– se pronunció sobre la información que la
Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) resguarda relacionada con los
hechos ocurridos en 1968; correctamente la decisión fue por la apertura, sin embargo,
este tipo de información no debe esperar a que un órgano como el INAI tenga que
pronunciarse sobre ella para dar una opinión y permitir que pase al Archivo
Histórico.
“Esto debe de adoptarse a través
de una reforma a la Ley General de Archivos, que debe ser promovida desde el
interior del Sistema Nacional de Transparencia y desde el propio INAI. Por eso
es que quiero ser comisionado del Instituto Nacional de Acceso a la Información
Pública, ya que, mediante una revisión correcta de la Ley Nacional de Archivos,
vamos a corregir algunos de los errores que quedaron como resultado de los
procesos de negociación en los que se vio inmersa esta norma”, concluyó.










