Tal y como lo argumentó la Procuraduría General de la
República, un tribunal federal determinó que es imposible jurídicamente cumplir
la sentencia que ordena la creación de una Comisión de la Verdad para
investigar el caso Iguala.
De acuerdo con las constancias judiciales, el Tercer
Tribunal Unitario del Décimo Noveno Circuito emitió un acuerdo donde se señala
que existe la imposibilidad jurídica para cumplir la sentencia protectora
ordenada por el Primer Tribunal Colegiado a petición de Patricio Reyes Landa,
El Pato, identificado como supuesto sicario de los Guerreros Unidos, que habría
participado en la desaparición de los 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa.
“Se declara que existe imposibilidad jurídica para cumplir
la sentencia protectora pronunciada el 31 de mayo de 2018 dentro de los autos
del juicio de amparo en revisión 204/2017, en relación con el apartado donde se
ordenó la constitución de la Comisión de Investigación para la Verdad y la
Justicia (Caso Iguala) y las facultades concedidas, en la investigación de
delitos a dicha comisión”, indicó.
Es decir, el Tribunal reconoció que los argumentos de que el
ministerio público es quien tiene facultad exclusiva para investigar y
perseguir delitos, por lo que, las atribuciones contenidas en la sentencia que
ordena la creación de la Comisión, vulneran la naturaleza jurídica de la
autoridad investigadora.
La sentencia del Tercer Tribunal Unitario puede ser
impugnada por un recurso de inconformidad, que de acuerdo con la Ley de Amparo
en el artículo 203 deberá resolver la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN).
Tras las investigaciones de la PGR, algunos acusados
presentaron amparos al proceso al que eran sometidos. Uno de esos, el amparo
121/2015 promovido por Patricio Reyes Landa, derivó en la sentencia del Primer
Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito de Tamaulipas, el cual ordenaba
la creación de la Comisión de Justicia.
Sin embargo, la PGR presentó “incidentes” que se referían a
la imposibilidad de cumplimiento para su creación. Luego, la Comisión Nacional
de Derechos Humanos (CNDH) también refrendó estos argumentos, ya que el
ombudsman que llevaría la Comisión no está facultado, de acuerdo con la
Constitución, para indagar los delitos y presentar acusaciones legales.
La Comisión de la Verdad sería encabezada por representantes
de las víctimas y la CNDH, que determinarían las líneas de investigación, con
el Ministerio Público, peritos y la Procuraduría.
Además, los magistrados ordenaron reponer el procedimiento
de investigación y que el Ministerio Público presentará dictámenes hechos por
peritos independientes, en cumplimiento con el Protocolo de Estambul.










