Aprueba LXIV Legislatura la creación del Registro Estatal de Menores

Jul 31, 2018 | Congreso

Comparte:

El
Pleno de la LXIV Legislatura del Estado de Veracruz aprobó el Dictamen por el
cual se reforma la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del
Estado para crear el Registro Estatal de Menores, siendo ésta la base de datos
con muestras biométricas de las huellas digitales o dactilares de menores, que
resguardaría la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y
Adolescentes; perteneciente al Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de
la Familia del Estado (DIF).

Este
Decreto, resultado de la iniciativa que presentó a nombre del Grupo Legislativo
del PAN el 28 de mayo de 2018 la diputada María Josefina Gamboa Torales, fue
aprobado con 44 votos a favor, sin votos en contra o abstenciones.

De
esta manera se instaurará el Registro Estatal de Menores, mismo que será de
carácter permanente e interés público; que además se regirá bajo los siguientes
parámetros: los datos que integran el Registro Estatal de Menores, serán
estrictamente confidenciales y no podrán ser comunicados o darse a conocer,
salvo que se trate de la petición de una autoridad dentro de un procedimiento
en donde se encuentre en riesgo la integridad de un menor de edad y sea rigurosamente
necesaria para la prosecución del mismo.

Tendrá
acceso exclusivo al Registro Estatal de Menores la Procuraduría Estatal de
Protección para el cumplimiento de las funciones señaladas y no podrá dársele o
destinarse a otra finalidad u objetivo distinto.

El
Registro Estatal de Menores contendrá como mínimo, la siguiente información
identificativa: nombre del menor de edad; nombre de los padres o tutores del
menor de edad; declaración expresa del otorgamiento del consentimiento;
dirección del menor de edad y placa de cada dactilar del menor de edad.

Las
Procuradurías Municipales serán las encargadas de alimentar dicho Registro,
mismo que será actualizado al inicio de los primeros cursos de los niveles
escolares que conforman la educación básica, salvo petición expresa del padre o
tutor que solicite la inclusión del menor de edad, caso en el que será en
cualquier momento.

La
Procuraduría Estatal para cumplir con esta obligación, deberá celebrar
convenios con las Secretarías de Salud y de Educación del Estado.

Para
la generación e integración del registro individual, el padre o tutor del menor
de edad, deberá entregar consentimiento expreso, mismo que deberá tener el
carácter de libre, específico e informado, cumpliendo para ello con los
parámetros señalados por la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión
de Sujetos Obligados para el Estado de Veracruz.

Serán
tomadas en presencia del padre o tutor del menor de edad.


Comparte: